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Cada aportación cuenta. Puedes formar parte de esta historia, colaborando para mejorar la vida de nuestros niños con Autismo.

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BENEFICIOS FISCALES


Tus donaciones tendrán beneficios fiscales.

Por una donación de hasta 250€ se te desgravarán 200€. Es decir, que sólo te costará 50€ hacer una gran aportación que cambie la vida de un niño.

➢ Si las donaciones se realizan por una persona física:

Para donantes personas físicas, la deducción será, si dona hasta un importe de 250,00€, un 80 % y por el resto habrá un 40% de deducción.

Se incrementa en un 45% si en los dos años anteriores se ha realizado la donación en la misma entidad al menos por el mismo importe.

Nota: Estas deducciones tienen como límite el 15 % de la base liquidable.

 

➢ Si las donaciones se realizan por una persona jurídica:

Para las sociedades donantes desde 2024 la deducción será del 40% y se incrementa al 50% para las donaciones realizadas a una misma entidad por el mismo o superior importe durante al menos los dos anteriores años.

Notas:

Estas deducciones tienen como límite el 15 % de la base imponible.

Puede haber deducciones adicionales en determinadas comunidades autónomas.

Además de la donación dineraria y en especie la nueva normativa incluye o amplia los siguientes conceptos:

a. Se incluye en el concepto de donación fiscalmente deducible la cesión de uso de todo tipo de muebles e inmuebles dentro del concepto más genérico de donación de derechos.

b. Se amplía el concepto de convenio de colaboración incluyendo de forma expresa las aportaciones en especie incluida la prestación gratuita de servicios. El colaborador podrá además difundir esta colaboración.

También la ley marca los siguientes beneficios para los donantes: El denominado mecenazgo de reconocimiento o recompensa, que permite que el donante obtenga retornos simbólicos en forma de contraprestación de bienes o servicios, siempre que no representen más del 15% del valor de la donación con un tope máximo de 25.000 €.

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